Por Salvador Campos, gerente de NEXAR Informática · 8 de octubre de 2026
Hacienda ha vuelto a mover el calendario. El 5 de octubre, el Ministerio comunicó que prevé retrasar Verifactu hasta octubre de 2028, y ese mismo día se publicó en el BOE la orden con la que arranca la cuenta atrás de la factura electrónica obligatoria entre empresas. Son dos cosas distintas que se suelen confundir, así que vamos por partes.
Qué ha pasado con Verifactu
Verifactu es el sistema que obliga a que los programas de facturación registren cada factura de forma que no se pueda manipular y, en su modalidad «Veri*factu», a enviarla a Hacienda en el momento.
Hasta ahora, las fechas eran el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto. Hacienda ha anunciado que las retrasará hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica.
Importante: de momento es un anuncio. Hasta que se apruebe la norma que lo cambie, las fechas de 2027 siguen siendo las oficiales. Actualizaremos este artículo cuando salga publicada.
Lo que sí es oficial: la factura electrónica entre empresas
El 5 de octubre se publicó en el BOE la Orden HAC/1028/2026, que regula la plataforma pública y gratuita de factura electrónica de la Agencia Tributaria. Con su entrada en vigor, el 6 de octubre, empieza la cuenta atrás que fijan la Ley Crea y Crece y el Real Decreto 238/2026 para la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales:
| Quién | Desde |
|---|---|
| Empresas que facturan más de 8 millones de euros al año | Octubre de 2027 |
| El resto de empresas, pymes y autónomos | Octubre de 2028 |
Factura electrónica no es lo mismo que enviar un PDF por correo: es un fichero estructurado que los programas de cliente y proveedor intercambian y leen sin que nadie lo teclee.
Qué hacer ahora (y qué no)
- No compres nada con prisas. Desconfía de quien te diga que tienes que cambiar de programa este mes. Hay margen.
- Pregunta a tu proveedor de facturación si su programa ya cumple Verifactu y si va a emitir y recibir factura electrónica. Si la respuesta es vaga, apúntalo: es la señal para buscar otro con tiempo.
- Si facturas con Excel o Word, empieza a pensar en un programa. Ni Verifactu ni la factura electrónica se pueden cumplir con una hoja de cálculo.
- Revisa quién factura en tu empresa y desde dónde. Un solo programa y unos datos fiscales de clientes bien puestos ahorran muchos problemas cuando llegue la obligación.
- Lo que ya está prohibido sigue prohibido: los programas que permiten borrar o alterar facturas sin dejar rastro están fuera de la ley desde la Ley Antifraude. El aplazamiento no cambia eso.
Cómo te podemos ayudar
En NEXAR no vendemos programas de facturación, así que no tenemos ningún interés en que cambies de uno. Lo que sí hacemos es revisar contigo qué usas, preguntar al proveedor lo que haga falta y dejar los equipos y el correo preparados para cuando toque. Si tienes dudas, escríbenos o llama al 653 062 747.
Este artículo es informativo y no sustituye el consejo de tu gestoría o asesor fiscal.

